El Senado Bonaerense: Avanza el proyecto para prohibir los cigarrillos electrónicos

El proyecto propone la prohibición de la comercialización, distribución, exhibición, publicidad y patrocinio de los cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado con el fin de “promover, asistir e impulsar la salud y el bienestar comunitario de los habitantes de la provincia de Buenos Aires”. Durante los trabajos en la comisión de Salud, el texto original fue modificado para alinearse con las resoluciones de la ANMAT que ya prohíben la comercialización de estos productos. Además, se consultó al Poder Ejecutivo y el proyecto no recibió oposiciones.

La comisión de Salud Pública del Senado bonaerense avanzó este miércoles con un proyecto de ley, impulsado por la legisladora de Cambio Federal, Lorena Mandagarán, que busca prohibir los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado en toda la provincia de Buenos Aires.

Según los fundamentos de la iniciativa, se entiende por cigarrillo electrónico aquellos sistemas que calientan una solución con numerosos componentes para crear un aerosol inhalado por el usuario, mientras que los productos de tabaco calentado son sistemas que producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas a partir del calentamiento de tabaco prensado.

El proyecto de Mandagarán establece multas económicas para la comercialización, distribución, exhibición, publicidad y/o patrocinio de cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado, así como para su uso en ambientes cerrados. Las sanciones oscilarán entre el valor de 200 y 1500 paquetes de veinte cigarrillos de la marca de mayor precio, con ajustes por inflación. En caso de reincidencia, la penalización puede alcanzar hasta 2500 paquetes.

Asimismo, la iniciativa prevé multas adicionales que incluyen el decomiso y destrucción de los materiales y productos elaborados o comercializados en violación de las disposiciones, y la clausura del local o establecimiento donde se realice la actividad prohibida.

Las penas por incumplimiento serán controladas por el Ministerio de Salud bonaerense y los fondos recaudados se destinarán a financiar los gastos derivados del cumplimiento de la ley. Las sanciones podrán acumularse y graduarse de acuerdo a la gravedad o reiteración de la falta.

Además, el Ministerio de Salud provincial deberá desarrollar programas de concientización para promover la no utilización de los cigarrillos electrónicos e informar sobre las prohibiciones del proyecto. También se propondrá a la Dirección General de Cultura y Educación la incorporación de estos contenidos en todos los niveles y modalidades educativas de la provincia de Buenos Aires.

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